¿Qué gastos puede deducirse un autónomo?

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A continuación, te proporciono una guía detallada sobre los gastos deducibles en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) para autónomos, consolidando la información proporcionada en las tres consultas anteriores:

Definición de Gasto Deducible: Un gasto deducible es aquel que un autónomo puede restar de sus ventas e ingresos para calcular el beneficio sujeto a tributación.

Requisitos para Gastos Deducibles: Para que un gasto sea considerado deducible, debe cumplir con los siguientes requisitos:

  1. Vinculación a la Actividad:
    • El gasto debe estar directamente relacionado con la actividad económica del autónomo.
    • Incluso en el caso de actividades estacionales, como restaurantes cerrados durante ciertas épocas, los gastos pueden considerarse deducibles si están vinculados a la intención de reiniciar la actividad.
  2. Justificación con Factura o Recibo:
    • Los gastos deben estar respaldados por la correspondiente factura o recibo.
    • La factura no es un medio de prueba privilegiado, y el obligado tributario debe proporcionar pruebas adicionales si la Administración cuestiona su efectividad.
  3. Registro Contable:
    • Los gastos deben estar registrados en la contabilidad o libros-registro obligatorios.

Lista de Gastos Deducibles para Autónomos: A continuación, se enumeran algunos de los gastos que generalmente son considerados fiscalmente deducibles:

  1. Consumos de Explotación:
    • Materias primas, material de oficina, combustibles, etc.
  2. Sueldos y Salarios:
    • Incluye sueldos, pagas extraordinarias, retribuciones en especie y premios.
  3. Cuotas a la Seguridad Social:
    • Las cotizaciones al personal son gastos deducibles.
  4. Indemnizaciones:
    • Cantidades entregadas para resarcirse de un daño o perjuicio.
  5. Dietas y Asignaciones de Viajes:
    • Gastos por desplazamiento, manutención y alojamiento por motivos de viaje de trabajo.
  6. Otros Gastos de Personal:
    • Incluye gastos de formación, primas de seguros, cestas u obsequios navideños.
  7. Aportaciones a Sistemas de Previsión Social:
    • Contribuciones a planes de pensiones o planes de previsión social.
  8. Arrendamientos y Cánones:
    • Alquileres, solares, gastos de asistencia técnica ligados a la actividad.
  9. Gastos por Reparación y Conservación:
    • Gastos de mantenimiento o adaptación de bienes materiales.
  10. Suministros:
    • Gastos de electricidad, agua, gas, telefonía, internet, etc.
  11. Otros Gastos por Servicios Exteriores:
    • Gastos de investigación y desarrollo, transportes, publicidad, entre otros.
  12. Tributos Fiscalmente Deducibles:
    • IBI, IAE, IVMT, y otros impuestos locales son deducibles.
  13. Servicios Profesionales Independientes:
    • Pagos a gestores, abogados, notarios, etc.
  14. Gastos Financieros:
    • Gastos de descuento, recargos de aplazamientos, intereses de aplazamiento, entre otros.
  15. Otros Gastos Relacionados con la Actividad:
    • Gastos de asistencia a cursos, conferencias, cuotas a corporaciones y asociaciones empresariales.

Gastos que Generan Dudas:

  • Consultar a Hacienda sobre la deducibilidad de parte de la hipoteca o el alquiler si se trabaja en casa.
  • Gastos de comida por trabajo son deducibles según las cuantías establecidas por la ley.

Es fundamental mantener un registro organizado de todos los gastos y asegurarse de cumplir con los requisitos establecidos para cada deducción. Ante cualquier duda específica, se recomienda consultar con profesionales especializados en asesoría fiscal.

Si necesitas asistencia adicional o tienes preguntas específicas sobre tu situación, estamos disponibles para ayudarte.

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