¿Cuáles son las obligaciones de igualdad para tu empresa?
En los últimos días estamos recibiendo comunicaciones por parte de nuestros clientes, preocupados por las nuevas y recientes obligaciones en el ámbito laboral. Estamos comprobando que en muchas ocasiones, y mediante informaciones sesgadas por parte de empresas de formación y similares, se está generando mucha confusión sobre cuáles son las obligaciones que una empresa con trabajadores a su cargo, debe tener implantadas. Vamos a describir brevemente cuáles son.
Plan de Igualdad: Sólo aquellas empresas que tengan 50 o más trabajadores están obligadas a disponer de un Plan de Igualdad. Estos contienen una serie de medidas para reducir desigualdades que se puedan producir entre los trabajadores y las trabajadoras de la plantilla.
Auditoría Salarial: Sólo aquellas empresas que tengan 50 o más trabajadores están obligadas a realizar una auditoría salarial. Lo que persigue esta auditoría es analizar los salarios percibidos entre hombres y mujeres dentro de una empresa, y garantizar su igualdad.
Registro Retributivo: Todas las empresas están obligadas a tener un registro retributivo, independientemente del número de trabajadores que tengan (desde el primer trabajador). El objetivo es garantizar la transparencia de las retribuciones. Ha de actualizarse cada año, y recoge el salario medio de los trabajadores y de las trabajadoras a lo largo del año anterior. Desde Krexer Asesores lo implantamos sin coste alguno para nuestros clientes desde el ejercicio pasado, en que nació la obligación, y recientemente se ha actualizado con los datos del ejercicio 2021. Está disponible para todos los clientes con trabajadores a su cargo, en el gestor documental. Este documento deberá estar a disposición de la Inspección de Trabajo, de la Seguridad Social, o de cualquier organismos autonómico relacionado con el área laboral.
Plan de Prevención y Acoso Laboral: Todas las empresas están obligadas a promover condiciones de trabajo que eviten el acoso sexual y el acoso por razón de sexo. Por ello, deberán disponer de un Plan de Prevención y Acoso Laboral, que garantice canales de denuncia internos y externos, para que las personas que sufran algún tipo de discriminación por razón de sexo o acoso sexual puedan denunciar la situación, y la empresa evite de esta manera la discriminación laboral entre mujeres y hombres. Además la empresa promoverá la información y la formación para la sensibilización de los trabajadores y las trabajadoras en esta materia.
Este es un tema de reciente actualidad, que se enmarca dentro de los riesgos psico-sociales, y por ello dentro de los Riesgos Laborales de la empresa. Si necesita ampliar información al respecto, rogamos se pongan en contacto con nosotros.
Plan de Conciliación Laboral: La propia normativa laboral viene recogiendo desde hace tiempo diversas medidas tendentes a promover en las empresas las medidas de conciliación de la vida laboral y familiar. Específicamente, la empresa no está obligada a contar con un Plan de Medidas de Conciliación de la Vida Laboral y Familiar, aunque es una opción muy recomendable.